Duda urgente
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Duda urgente
Buenas tardes,
Este fin de semana voy a San Francisco, desde Madrid haciendo escala en París. Mi duda es si puedo comprar tabaco en el aeropuerto de Barajas, ya que aunque vaya fuera de la UE, he de hacer escala en París
Muchas gracias
Este fin de semana voy a San Francisco, desde Madrid haciendo escala en París. Mi duda es si puedo comprar tabaco en el aeropuerto de Barajas, ya que aunque vaya fuera de la UE, he de hacer escala en París
Muchas gracias
Luigi- Invitado
Re: Duda urgente
Disposiciones de aduana - estados miembros de la Unión Europea
A partir del 1 de enero de 1993 los Estados miembros de la Unión Europea constituyen un espacio de intercambio libre para las personas, mercancías y capitales.
Por lo tanto, los viajeros que se desplazan de un país a otro de la Unión Europea pueden llevar consigo los bienes adquiridos en cualquier tienda (pero no aquellos comprados en los duty free de los puertos de escala) sin ningún límite o formalidad.
Estas disposiciones no se aplican en algunas categorías de productos sujetas a impuesto de fabricación o de consumo como los tabacos elaborados, el alcohol y las bebidas alcohólicas admitidas con ciertas limitaciones:
Tabacos, alcohol y bebidas alcohólicas (cantidades que se puede adquirir en las tiendas)
Productos del tabaco
Cigarrillos – 800 unidades
O bien cigarros pequeños de 3 g máximo cada uno 400 unidades
O bien puros 200 unidades
O bien tabaco de pipa 1 kg
Bebidas alcohólicas
Alcohol y bebidas alcohólicas con graduación superior al 22%: 10 litros
Bebidas alcohólicas con graduación inferior al 22%: 20 litros
Vino 90 litros, de los cuales 60 de vino espumoso
Cerveza 110 litros
Cuando se superan estas cantidades, se considera que los productos han sido adquiridos con fines comerciales. En este caso tendrán que circular acompañados por los documentos administrativos correspondientes.
Como ves, puedes, si no es un cargamento
A partir del 1 de enero de 1993 los Estados miembros de la Unión Europea constituyen un espacio de intercambio libre para las personas, mercancías y capitales.
Por lo tanto, los viajeros que se desplazan de un país a otro de la Unión Europea pueden llevar consigo los bienes adquiridos en cualquier tienda (pero no aquellos comprados en los duty free de los puertos de escala) sin ningún límite o formalidad.
Estas disposiciones no se aplican en algunas categorías de productos sujetas a impuesto de fabricación o de consumo como los tabacos elaborados, el alcohol y las bebidas alcohólicas admitidas con ciertas limitaciones:
Tabacos, alcohol y bebidas alcohólicas (cantidades que se puede adquirir en las tiendas)
Productos del tabaco
Cigarrillos – 800 unidades
O bien cigarros pequeños de 3 g máximo cada uno 400 unidades
O bien puros 200 unidades
O bien tabaco de pipa 1 kg
Bebidas alcohólicas
Alcohol y bebidas alcohólicas con graduación superior al 22%: 10 litros
Bebidas alcohólicas con graduación inferior al 22%: 20 litros
Vino 90 litros, de los cuales 60 de vino espumoso
Cerveza 110 litros
Cuando se superan estas cantidades, se considera que los productos han sido adquiridos con fines comerciales. En este caso tendrán que circular acompañados por los documentos administrativos correspondientes.
Como ves, puedes, si no es un cargamento
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