Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
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Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Tomad y leed http://www.elpais.com/elpaismedia/ultimahora/media/201108/03/espana/20110803elpepunac_1_Pes_PDF.pdf Jueces como éstos son los que hacen falta
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Desde luego la Justicia en este país está fatal... así nos va.
Asoen- Administrador
- Edad : 34
Mensajes : 13788
Miembro desde : 16/06/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Asoen no te has leído la sentencia, tu fanatismo ultraderechista te ha llevado a descalificarla sin conocerla.
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Le acabo de echar un vistazo (obviamente no me la he leído) y en ella no veo que diga que los campamentos de los indignados son su domicilio. Mi opinión era respecto al título del tema.
Asoen- Administrador
- Edad : 34
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Miembro desde : 16/06/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
"No constando tampoco documentalmente ninguna habilitación expresa, legal ni judicial, para proceder la policía Local, según declararon los funcionarios del CNP a “desmontar las casetas”, que desde el 15 de Mayo constituían domicilio – irregular, provisional, pero domicilio- de los acampados".
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Ok, lo denomina domicilio porque estaban viviendo allí, pero no dice que fuese legítimo. Eres un manipulador.
Asoen- Administrador
- Edad : 34
Mensajes : 13788
Miembro desde : 16/06/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Cacho friki, lee el título del tema, yo me he limitado a decir que las tiendas de campaña son domicilio y las prácticas arbitrarias contra las mismas que realizó la policía son ilegales.
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
No lo son, porque esa gente no tenía derecho a estar allí.
Asoen- Administrador
- Edad : 34
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Miembro desde : 16/06/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Si eran domicilio o no es algo totalmente incidental y que no tiene relevancia ninguna en esta sentencia donde lo que se "discute" es si era legítimo que el chico grabara al Policía que se negaba a identificarse o si puede constituir una falta de desobediencia.
Otra cosa sería que se necesitara una autorización judicial para entrar en esa tienda si es que se considera como "domicilio" a los efectos de protección de la CE, cosa que no se trata en la sentencia.
Otra cosa sería que se necesitara una autorización judicial para entrar en esa tienda si es que se considera como "domicilio" a los efectos de protección de la CE, cosa que no se trata en la sentencia.
Wen- Mensajes : 5842
Miembro desde : 15/10/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Pero la sentencia declara como domicilio "irregular, pero domicilio" las tiendas de campaña y declara que, por ello, los policías debieron presentarse con una orden de desahucio. Hasta los del país han tenido que reconocerlo http://politica.elpais.com/politica/2011/08/02/actualidad/1312306704_593265.html
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Creo más en lo que leo en la sentencia que el nos titulares del PAÍS.
En el fallo no se pronuncia sobre una orden de desahucio porque ese NO ES EL FONDO DEL ASUNTO. Incidentalmente se dice que "...No constando tampoco documentalmente ninguna habilitación expresa, legal ni judicial, para proceder la policía Local, según declararon los funcionarios del CNP a “desmontar las casetas”, que desde el 15 de Mayo constituían domicilio – irregular, provisional, pero domicilio- de los acampados, ni a llevarse los enseres que utilizaban para sus fines." Pero es totalmente incidental, CON RELEVANCIA JURÍDICA CERO pues lo que se discute es si se cometió una falta de atentado a la autoridad o no.
Estáis haciendo una montaña donde no hay más que dos puñados de arena, que además vienen de un Juzgado de Instrucción.
En el fallo no se pronuncia sobre una orden de desahucio porque ese NO ES EL FONDO DEL ASUNTO. Incidentalmente se dice que "...No constando tampoco documentalmente ninguna habilitación expresa, legal ni judicial, para proceder la policía Local, según declararon los funcionarios del CNP a “desmontar las casetas”, que desde el 15 de Mayo constituían domicilio – irregular, provisional, pero domicilio- de los acampados, ni a llevarse los enseres que utilizaban para sus fines." Pero es totalmente incidental, CON RELEVANCIA JURÍDICA CERO pues lo que se discute es si se cometió una falta de atentado a la autoridad o no.
Estáis haciendo una montaña donde no hay más que dos puñados de arena, que además vienen de un Juzgado de Instrucción.
Wen- Mensajes : 5842
Miembro desde : 15/10/2008
Re: Una sentencia considera domicilio los campamentos de los indignados
Lo que has subrayado es la clave. Implica una declaración con todas las letras de que las tiendas son domicilio y es relevante a efectos de determinar la arbitrariedad de la policía que da un plus de justificación a la conducta del demandante.
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