LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
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Tribuna del Jurista :: Denuncia, reivindicación y lucha :: Cuartel de Espartaco (sección universitaria)
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Pero si no tienes el título ese día sino que lo obtienes después, no puedes colegiarte sin master aunque sea antes de octubre de 2013. No parece tener mucho sentido...
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Virus01 escribió:Pero si no tienes el título ese día sino que lo obtienes después, no puedes colegiarte sin master aunque sea antes de octubre de 2013. No parece tener mucho sentido...
TIene todo el sentido del mundo: Pagar por un Máster que no "necesitas".
Wen- Mensajes : 5842
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Nosotros tampoco lo necesitamos, y mira..
veGa- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
A lo que yo me refiero es que no tiene ningún sentido que un licenciado en 2012 pueda colegiarse sin hacer el máster y otro no simplemente porque uno se licenció antes que otro.W de Wndy escribió:Virus01 escribió:Pero si no tienes el título ese día sino que lo obtienes después, no puedes colegiarte sin master aunque sea antes de octubre de 2013. No parece tener mucho sentido...
TIene todo el sentido del mundo: Pagar por un Máster que no "necesitas".
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Ciertamente... Si la necesidad del máster es por haber cursado un grado no tiene sentido que se lo exijan a un licenciado.
Wen- Mensajes : 5842
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Eso por un lado, pero es que la cosa va más allá: dos licenciados que vayan a colegiarse en el mismo momento, a uno le dejan y a otro no por el hecho de que uno se licenció antes que otro, es el colmo del absurdo.
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Como sabéis, el otro día entró en vigor la ley. Y los medios se apresuran a informar hacer propaganda de las bondades del Máster y de la colegiación obligatoria.
http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2011/10/31/fiebre-colegiaciones-llegada-acceso-abogacia/360985.html?utm_source=rss
Se les ha olvidado mencionar un pequeñísimo detalle: los 5.000 € que vale el puto máster.
http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2011/10/31/fiebre-colegiaciones-llegada-acceso-abogacia/360985.html?utm_source=rss
Se les ha olvidado mencionar un pequeñísimo detalle: los 5.000 € que vale el puto máster.
veGa- Administrador
- Mensajes : 3035
Miembro desde : 20/05/2008
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
¿¿¿¿5.000???? Eso, más la colegiación... La de abogado, una profesión al alcance de todos...
Wen- Mensajes : 5842
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Rajoy, Gallardón, esperamos pacientemente la reforma.Asoen escribió:
Le he preguntado a una militante de NNGG si esto es verdad y me ha dicho que sí, aun así yo no me fío nada de los políticos que no paran de hacer propaganda y mentir descaradamente.
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
icaro100 escribió:Te vas a hinchar.
Que de todas formas no deje de pedirselo también a los Reyes Magos.
Wen- Mensajes : 5842
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Pues parece que podría ser verdad lo de la reforma...
http://www.expansion.com/2012/01/26/juridico/1327606058.html?a=8431a012e0f65dee08784f31d44d870f&t=1327665872
http://www.expansion.com/2012/01/26/juridico/1327606058.html?a=8431a012e0f65dee08784f31d44d870f&t=1327665872
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Lo único que no me cuadra es que por vía reglamentaria se quiera modificar una ley, supongo que se referirá vía Decreto.. parece que es cierto pero hasta que no lo vea no empezaré a celebrarlo.
veGa- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
- Código:
http://www.expansion.com/2012/03/02/juridico/1330689346.html
Quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho después de 2006 quedan exentos de la parte teórica del postgrado. Pero será necesario que cumplan con la parte práctica. Se trata de un curso puente, que consistirá en las prácticas externas y en la prueba.
Quedan exentos de cualquier formación extra quienes se matricularon antes de que se aprobara la ley en octubre de 2006 si, en un plazo de dos años, una vez finalizada la carrera, proceden a colegiarse.
gallardo- Invitado
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Eso sigue sin ser algo lógico, ya que la formación que recibe un licenciado matriculado en 2006 es la misma que la que recibe un licenciado matriculado en 2008, y por tanto lo lógico sería que todos estuviesen exentos de realizar cualquier parte del master.
Asoen- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Fecha: 02/03/2012 [22:22] h.
Origen: Ministerio de Justicia
El Real Decreto Ley de Mediación Civil y Mercantil incluye una modificación de la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procuradores, de forma que los Licenciados en Derecho no queden discriminados y puedan quedar exentos o convalidar sus créditos al cursar el postgrado al que les obliga la Ley original aprobada en 2006.
De este modo, se establecen cuatro excepciones al master para obtener el título son las siguientes:
En primer lugar, todos aquellos que se matricularon antes de que se aprobara la Ley en octubre de 2006 no tendrán que realizar el postgrado si en un plazo de dos años una vez finalizada la carrera proceden a colegiarse.
En segundo lugar, quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho después de 2006 quedarán exentos de la parte teórica del postgrado. Sólo será necesario que cumplan con la parte práctica.
El tercer apartado es para aquellos estudiantes que solicitaron la homologación de un título extranjero antes de que entrara en vigor la Ley. Quedarán también exentos siempre y cuando se colegien en un plazo máximo de dos años desde que obtengan la homologación.
Por último, tampoco se exigirá el título profesional a los estudiantes que obtuvieron su licenciatura antes de la Ley de 2006, pero tendrán que colegiarse también en un plazo de dos años.
http://noticias.juridicas.com/actual/veractual.php?id=2476
Antes de que me de un soponcio... Los que se matricularon antes de octubre de 2006 y terminaron la carrera antes de oct. 2011 tenían dos años a contar desde esa fecha para colegiarse... ¿Ahora tienen dos años a contar desde que terminaron la carrera sin importar cuando terminaron?
Los dos años se cumplirían para algunos en lugar de en octubre de 2013 en junio de 2012 -dentro de un par de meses-
Wen- Mensajes : 5842
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Independientemente de lo que ocurra al final, toda esta historia será recordada como la mayor chapuza jamás habida. Será puesto como ejemplo paradigmático de incompetencia legislativa, inseguridad jurídica y grave atentado contra el principio de igualdad.
El problema de fondo son los grandes intereses económicos que existen por parte de los Colegios de Abogados y las Universidades, que ven en el máster una oportunidad para recibir ingresos extra. No hay ninguna razón por la que los Licenciados por el Plan 2001 tengamos que realizar este máster obligatorio.
Hace poco el Decano dijo que la parte teórica del máster (de la que parece que ahora nos vamos a librar), la cual contiene EXACTAMENTE EL MISMO TEMARIO de muchas de las asignaturas de la carrera, era más bien enfocado hacia casos prácticos y no iban a ser clases magistrales. Entonces yo me pregunto, ¿para qué carajos lo van a tener que hacer los graduados? ¿no se supone que en el Plan Bolonia ya lo hacen así?
Otra de las contradicciones que se darían de ser ésta la "solución" dada por el PP: ¿para qué cojones hacemos el Prácticum si luego vamos a tener que hacer 6 meses más de prácticas obligatorias?
De verdad, en los últimos dos meses estoy alucinando. Cada vez dicen una cosa distinta y cada vez la solución propuesta es más chapucera que la anterior. La única solución justa sería excluir a todos los licenciados y aplicar parcialmente el máster a los que han tenido y van a tener que terminar la carrera en el grado. Todo lo demás son milongas.
El problema de fondo son los grandes intereses económicos que existen por parte de los Colegios de Abogados y las Universidades, que ven en el máster una oportunidad para recibir ingresos extra. No hay ninguna razón por la que los Licenciados por el Plan 2001 tengamos que realizar este máster obligatorio.
Hace poco el Decano dijo que la parte teórica del máster (de la que parece que ahora nos vamos a librar), la cual contiene EXACTAMENTE EL MISMO TEMARIO de muchas de las asignaturas de la carrera, era más bien enfocado hacia casos prácticos y no iban a ser clases magistrales. Entonces yo me pregunto, ¿para qué carajos lo van a tener que hacer los graduados? ¿no se supone que en el Plan Bolonia ya lo hacen así?
Otra de las contradicciones que se darían de ser ésta la "solución" dada por el PP: ¿para qué cojones hacemos el Prácticum si luego vamos a tener que hacer 6 meses más de prácticas obligatorias?
De verdad, en los últimos dos meses estoy alucinando. Cada vez dicen una cosa distinta y cada vez la solución propuesta es más chapucera que la anterior. La única solución justa sería excluir a todos los licenciados y aplicar parcialmente el máster a los que han tenido y van a tener que terminar la carrera en el grado. Todo lo demás son milongas.
veGa- Administrador
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Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Publicado hoy en el BOE.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/06/pdfs/BOE-A-2012-3152.pdf
Sólo sé que no se nada...
http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/06/pdfs/BOE-A-2012-3152.pdf
Sólo sé que no se nada...
Wen- Mensajes : 5842
Miembro desde : 15/10/2008
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Wen escribió:Publicado hoy en el BOE.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/03/06/pdfs/BOE-A-2012-3152.pdf
Sólo sé que no se nada...
Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
veGa- Administrador
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Miembro desde : 20/05/2008
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Nos os matéis a leerlo ehhh
p.d. Y diréis, ¿Qué tiene que ver esa modificación con la mediación para que la solapen ahí? Pues porque puestos a quebrantar la figura del Real Decreto-ley, lo hacemos bien o no lo hacemos...
p.d. Podéis mirar tb el apartado VI de la Exposición de motivos.
«Disposición adicional octava. Licenciados en Derecho.
1. Los títulos profesionales que se regulan en esta ley no serán exigibles a quienes en el momento de su publicación estuvieran matriculados en estudios universitarios conducentes a la obtención del título de licenciado en Derecho, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes.
2. Los alumnos no incluidos en el apartado anterior que obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley podrán obtener los títulos profesionales siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que realicen las prácticas externas previstas en el artículo 6.
b) Que acrediten su capacitación profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.
El Gobierno desarrollará reglamentariamente las especialidades derivadas de la participación de estas personas en los procesos de formación y de evaluación de aptitud profesional.»
Tres. Se añade una nueva disposición adicional novena, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional novena. Títulos extranjeros homologados.
Los títulos profesionales que se regulan en esta ley no serán exigibles a quienes en el momento de entrada en vigor de la presente ley hubieran solicitado la homologación de su título extranjero al de licenciado en Derecho, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que obtengan dicha homologación, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes.»
Cuatro. Se modifica el apartado 3 de la disposición transitoria única, que queda redactado en los siguientes términos:
«3. Quienes en el momento de la entrada en vigor de la presente ley se encontraran en posesión del título de licenciado o grado en Derecho o en condiciones de solicitar su expedición y no estuvieran comprendidos en el apartado anterior, dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor, para proceder a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes, sin que les sea exigible la obtención de los títulos profesionales que en ella se regulan.»
p.d. Y diréis, ¿Qué tiene que ver esa modificación con la mediación para que la solapen ahí? Pues porque puestos a quebrantar la figura del Real Decreto-ley, lo hacemos bien o no lo hacemos...
p.d. Podéis mirar tb el apartado VI de la Exposición de motivos.
Wen- Mensajes : 5842
Miembro desde : 15/10/2008
veGa- Administrador
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Miembro desde : 20/05/2008
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Hola a todos:
Yo me matriculé en primero de Derecho el 17 de octubre de 2006, entre las asignaturas de las que me matriculé estaba victimología. Ese curso fue controvertido para esa asignatura, que impartía Landrove. Después tuve que "desmatricularme" de ella, con lo que me dieron otra copia de la matrícula, con fecha 31 de octubre de 2006.
Mi pregunta es: ¿tengo qué hacer las prácticas o me libro del todo?
Un saludo
Yo me matriculé en primero de Derecho el 17 de octubre de 2006, entre las asignaturas de las que me matriculé estaba victimología. Ese curso fue controvertido para esa asignatura, que impartía Landrove. Después tuve que "desmatricularme" de ella, con lo que me dieron otra copia de la matrícula, con fecha 31 de octubre de 2006.
Mi pregunta es: ¿tengo qué hacer las prácticas o me libro del todo?
Un saludo
YOMisma- Invitado
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Yo creo que está suficientemente acreditado que te matriculaste en el momento adecuado y que el cambio de matrícula fue por una causa excepcional, debes quedar exenta.
Re: LEY DE ACCESO A LA ABOGACÍA Y A LA PROCURA
Muchas gracias Icaro.
Es que esta situación resulta bastante confusa, además no tenemos ningún medio puesto a disposición por los Ministerios de Justicia y Educación para que resuelvan nuestras dudas sobre casos concretos.
Creo que terminarían antes y más felizmente si, simplemente, dejaran fuera de la ley 34/2006 a todos los que estudiamos licenciatura y que, por tanto, terminaremos como Licenciados.
Ya sabes lo que dicen, de ilusión tb se vive.
Un saludo
Es que esta situación resulta bastante confusa, además no tenemos ningún medio puesto a disposición por los Ministerios de Justicia y Educación para que resuelvan nuestras dudas sobre casos concretos.
Creo que terminarían antes y más felizmente si, simplemente, dejaran fuera de la ley 34/2006 a todos los que estudiamos licenciatura y que, por tanto, terminaremos como Licenciados.
Ya sabes lo que dicen, de ilusión tb se vive.
Un saludo
YOMisma- Invitado
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